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Informe de Reunión en AFIP

C.A.B.A., 17 de julio de 2013
Dr. Jorge R. Alegre
Presidente de la Confederación Unificada Bioquímica de la República Argentina (C.U.B.R.A.)

Colegio de Bioquímicos del Neuquén con C.U.B.R.A. 04/07/2013

De acuerdo a lo convenido en el último Confederal por la preocupación que se ha generado entre los profesionales Bioquímicos de todo el país, a raíz de la  falta de actualización de los topes previstos en las distintas escalas de la RG 830 y con motivo de la nota que elevara a la AFIP el Colegio de Bioquímicos del  Neuquén, el pasado 24 de mayo de 2013, a través de la cuál solicitara audiencia con carácter de urgente, fue convocada como consecuencia de la misma una reunión en la sede central de AFIP (H. Yrigoyen 350 de la CABA), para el pasado 4 de julio con la Dra. Silvana Quinteros, a cargo de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

A la hora de la reunión, por compromiso contraído con el Administrador Federal, la mencionada Dra. transfiere la audiencia a uno de los funcionarios de su propia cartera (Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior) acompañando al  Director de la Dirección de Coordinación y Evaluación Técnica Cr. Oscar Valerga. En representación de los Profesionales Bioquímicos asistieron a la misma la  Dra. Nora Pierangeli (Directivo representante del CBN) acompañada por el Dr. Jorge R. Alegre (Presidente de CUBRA) y el Cr. Omar A. Pantanali (Asesor contable de CUBRA).

Al inicio, los funcionarios escucharon atentamente los argumentos que completaron la información vertida en la nota elevada con anterioridad, detallando los problemas por los que atraviesa el sector, como consecuencia de la falta de movilidad de los mínimos y de la escala dispuesto  por la RG 830.

Los temas planteados fueron:

  • Adecuación de la profesión bioquímica del inciso “k” del Anexo II de la Resolución 830 de AFIP (ejercicio de  profesiones liberales) en que se encuentra encuadrada, al inciso “i” (de “locación de servicios). La diferencia radica en que a los sujetos incluidos en el inciso  «i” se les hace una retención del IIGG del 2% de los montos pagados, mientras que para los del inciso “k”, la retención es según la escala fijada en el año  2.000, que por ejemplo, es el 28% de lo cobrado, sobre valores que excedan los $ 24.000 y hasta $ 40.000 más $ 5.120; (es decir que de tratarse por ej. de un Honorario sujeto a retenciones de $ 35.000, el importe a retener sería $ 5.120 + el 28 % sobre el excedente de 24.000).
  • Falta de actualización de los  mínimos no sujetos a retención de 4ª categoría de autónomos para profesionales, que es de $ 1.200 desde 1998.
  • Falta de actualización de los montos y  porcentajes de la escala de retenciones (fijada en el año 2.000).
  • Falta de actualización de los topes de Monotributo.

Inmediatamente, ante los temas  expuestos, los funcionarios de la AFIP y particularmente el Cr. Valerga, previstamente y que se anticipó a mostrar, trajo a colación un dictamen (107/1992 –  DAT) a través del cual ya se habían expedido ante un similar requerimiento de una agrupación bioquímica de nuestro país. Motivo por el cual y en consonancia con los distintos puntos consultados, respondieron que:

  • Existió un antecedente de retención sobre UH, y no sobre UH+UG con los profesionales  e esta agrupación en el año 1992. Posteriormente y como consecuencia del dictamen mencionado que sostuvo: “…En virtud de lo expuesto, las retenciones deben practicarse sobre el total de los importes percibidos por los bioquímicos por el ejercicio de su profesión, esto es, tanto sobre la unidad  honorario como sobre la unidad gasto, sin perjuicio que si las mismas pudieran dar lugar a un exceso en el cumplimiento de la obligación tributaria del  período fiscal, se aplique lo dispuesto por el art. 28 de la norma bajo estudio, que contempla la solicitud de una constancia de no retención. Sostener un  criterio distinto al expuesto podría dar lugar a que aquellos sujetos que ejercen otras profesiones u oficios pretendieran que se les disminuya el monto de la retención aduciendo que su retribución incluye importes que, estando indocumentados, representan reconocimiento de gastos. Adviértase en este sentido,  que todo honorario restituye tanto la labor intelectual o material como los costos demandados para la consecución de la misma…”
  • No es posible cambiar a la  ategoría del inciso “i” de las profesiones liberales.
  • Si hay un excedente de retención se debe pedir el certificado de “no retención” a la AFIP, que evaluará el caso y lo otorgará por el tiempo que considera apropiado.
  • Reconoció la desactualización de los mínimos no imponibles y las escalas de retención, pero lo encuadró dentro de la falta de otros ajustes también de otros rubros de la AFIP, por lo que deberá ser parte de un estudio completo de todo el sistema impositivo, que escapa a su función.
  • Prestó atención a la problemática del sector Bioquímico planteada, respecto a los gastos que conlleva la profesión, por lo que claramente fue expuesto en relación a que lo “facturado” no es 100% Honorarios, ya que tiene un componente importante de gastos de insumos, controles de calidad, calibraciones, personal a cargo y todo lo que implica el buen funcionamiento de los Laboratorios, por equipamiento, mantenimiento de  equipos, etc.

Asimismo, y para finalizar, sugirió que presentemos un informe con una presentación ampliada de la nota recibida, donde se muestre la  incidencia impositiva en distintos casos con mayores y menores ingresos de acuerdo a los costos de los laboratorios según su tamaño (grande, mediano y  pequeño) y el impacto que tiene sobre la facturación.

Por otro lado, se comprometieron a consultar la situación impositiva de los profesionales Bioquímicos en el sentido de evaluar cuantos de los matriculados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias mantienen saldos a favor y por qué montos y resaltaron  como muy oportuno que se les envíe un análisis de la relación Gastos y Honorarios.

Finalmente reciban un afectivo saludo, quedando a la espera de los aportes que crean convenientes hacernos llegar, como así también de las sugerencias que intuyen de utilidad para la gestión encomendada.

BIOARS
https://www.wiener-lab.com/es-AR/

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